LEY DE CONTABILIDAD
El 31 de diciembre de 2008 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Contabilidad
Gubernamental (Ley de Contabilidad), que tiene como objeto establecer los criterios generales que regirán la Contabilidad
Gubernamental y la emisión de información financiera de los entes públicos, con el fin de lograr su adecuada armonización,
para facilitar a los entes públicos el registro y la fiscalización de los activos, pasivos, ingresos y gastos y, en general, contribuir
a medir la eficacia, economía y eficiencia del gasto e ingreso públicos.
La Ley de Contabilidad es de observancia obligatoria para los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación,
entidades federativas; los ayuntamientos de los municipios; los órganos político-administrativos de las demarcaciones
territoriales del Distrito Federal; las entidades de la administración pública paraestatal, ya sean federales, estatales o
municipales y los órganos autónomos federales y estatales.
El órgano de coordinación para la armonización de la contabilidad gubernamental es el Consejo Nacional de Armonización
Contable (CONAC), el cual tiene por objeto la emisión de las normas contables y lineamientos para la generación de
información financiera que aplicarán los entes públicos, previamente formuladas y propuestas por el Secretario Técnico.
El CONAC desempeña una función única debido a que los instrumentos normativos, contables, económicos y financieros
que emite deben ser implementados por los entes públicos, a través de las modificaciones, adiciones o reformas a su marco
jurídico, lo cual podría consistir en la eventual modificación o expedición de leyes y disposiciones administrativas de carácter
local, según sea el caso.