Garantizar y mantener la seguridad y el orden públicos, prevenir la comisión de delitos y faltas administrativas, establecer y controlar las políticas y acciones del tránsito vehicular y peatonal, y el análisis de incidencia criminal en el municipio, Garantizar y mantener la seguridad y el orden públicos, prevenir la comisión de delitos y faltas administrativas, establecer y controlar las políticas y acciones del tránsito vehicular y peatonal, y el análisis de incidencia criminal en el municipio
Cobro de infracciones (multas)
Nombre de trámite o servicio |
Cobro de multas. |
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Trámite o servicio |
Servicio |
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¿En qué consiste el trámite? |
Cobro de los pagos que realizan los ciudadanos por cometer infracciones al reglamento de tránsito y faltas administrativas de acuerdo al bando de gobierno municipal. |
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Beneficio para el ciudadano |
Concientizar a los ciudadanos a poner en practica la educación vial, y conducirse con orden público, no afectar la seguridad de la población, la moral, las buenas costumbres, al derecho de propiedad, y el libre tránsito. |
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Costo |
El costo tendrá una variación dependiendo la infracción y/o falta administrativa, siendo este de acuerdo al valor de los Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente. |
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Vigencia del servicio |
Todos los días del año |
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Departamento |
Ubicación |
Horario |
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Seguridad pública y tránsito Municipal. |
Calle 62 entre 39 y 41 sin número colonia Bacalar |
De lunes a Domingo de 07:00 a.m. a 22:00 p.m. |
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Correo electrónico |
policiamunicipalvalladolid@hotmail.es |
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Requisitos |
Original |
No. de copias |
Observaciones |
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Presentar identificación oficial y copias de documento de vehículos para liberaciones. (factura o carta factura) |
si |
1 |
Solo podrá acceder un persona a las instalaciones y al área de pago. |
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Procedimiento en módulos |
N/A |
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Condición para realizar el trámite |
Ser mayor de edad. |
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Fundamento legal para el tramite |
Titulo décimo quinto. Capítulo I del bando de gobierno y de policía del municipio de Valladolid, Yucatán. |
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Sustento legal para el cobro. |
Artículo 592, 593, 594,595, 596, 597 y 598. Del reglamento de bando de gobierno y policía. Y ley de tránsito y Vialidad del Estado de Yucatán y su reglamento. Y Articulo 115 de la Constitución Política de los Estados unidos Mexicanos. |
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Tiempo de Respuesta |
El mismo día. |